El programa Aporta PRE Islas Capitalinas es una iniciativa de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos del Gobierno de Canarias, gestionada a través de Proexca. Esta línea de ayudas nace para dar respuesta a la necesidad de internacionalización y digitalización de las pequeñas empresas con domicilio en Gran Canaria y Tenerife, facilitando su salida a mercados fuera del archipiélago, incluido el resto del territorio español.
A continuación, detallamos los puntos clave de esta convocatoria para el ejercicio 2026:
Objetivo de la subvención
El propósito principal es apoyar la internacionalización de las empresas canarias ubicadas en las islas capitalinas (Gran Canaria y Tenerife). Para ello, se les facilita asesoramiento técnico especializado, formación específica y apoyo económico para ejecutar iniciativas de expansión empresarial tanto en el resto del territorio español como en el extranjero.
¿Quiénes pueden solicitar esta subvención?
Pueden beneficiarse las PYME (incluyendo microempresas) que cumplan los siguientes requisitos:
- Ubicación: Tener domicilio fiscal o establecimiento permanente en Gran Canaria o Tenerife.
- Facturación: Contar con una cifra de facturación máxima de 250.000,00 euros.
- Antigüedad: Tener al menos un año de constitución al momento de presentar la solicitud.
- Producto/Servicio: Disponer de un producto o servicio propio con potencial de internacionalización.
- Modalidad: Se puede concurrir siendo Autónomo, una Pyme o agrupación de Pymes sin personalidad jurídica.
¿Qué se puede subvencionar?
Los gastos elegibles se dividen en varias categorías principales:
- Acciones promocionales: Participación en ferias, seminarios, congresos, agendas B2B y promociones en puntos de venta.
- Material de difusión exterior: Diseño y edición de catálogos, folletos, webs orientadas a mercados exteriores y material publicitario.
- Asesoramiento profesional: Contratación de consultoría especializada en internacionalización y herramientas para e-commerce, incluyendo para la tramitación y justificación de la subvención.
- Gastos de implantación en el exterior:
- Servicios y herramientas digitales, adaptación E-commerce.
- Contratación de servicios y herramientas que mejoren la digitalización de la empresa.
- Gastos para participar en licitaciones internacionales.
Cuantía de la ayuda
La intensidad de la ayuda es de un 75% de los costes subvencionables. El 25% restante del presupuesto del proyecto debe ser aportado por la empresa beneficiaria. Los importes mínimos y máximos por proyecto se definen en cada convocatoria específica. En este caso, el importe máximo de gasto subvencionable ascenderá a 6.000€ (subvención 4.500€ y 25% son 1.500€) y el importe mínimo será de 3.000€ (subvención 2.250€ y 25% son 750€).
Abono anticipado de la subvención
Se contempla el abono anticipado mediante un pago único por el importe total de la subvención concedida. Un aspecto relevante es que no se exigen garantías para este anticipo. Para acceder a él, la empresa debe declarar que no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la actividad.
¿Cuáles son los plazos de presentación, ejecución y justificación?
- Presentación: El plazo de presentación de solicitudes comenzó el 19 de febrero de 2026 a las 00:01 y finaliza el 18 de marzo de 2026 a las 23:59.
- Ejecución: gastos desde el 1 de enero 2026 al 15 de junio de 2027 para realizar la inversión.
- Justificación: Los plazos específicos para realizar las acciones y presentar la documentación justificativa (facturas, pagos, memoria de resultados) serán hasta el 30 de junio de 2027.
¿Estás interesado en recibir esta subvención?
Desde Itop te acompañamos durante todo el proceso de implantación que vayas a realizar y te facilitamos en tiempo y forma toda la documentación que necesitas presentar para la justificación del proyecto tecnológico que hemos acometido para la mejora de los procesos en tu empresa.
La cuenta justificativa contendrá, con carácter general, la siguiente documentación:
- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos en la misma.
- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
- Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, y por cada uno de ellos, los datos siguientes de las facturas o documentos de valor probatorio: acreedor, número de factura, breve descripción del objeto, importe, fecha de emisión, fecha y medio de pago, identificación de la anotación contable e impuesto soportado.
- Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en la letra anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago, que incluirá, como regla general, los justificantes bancarios de la salida de fondos.
- Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado a), excepto en aquellos casos en que las bases reguladoras de la subvención hayan previsto su compensación mediante un tanto alzado sin necesidad de justificación.
- Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
- Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado el beneficiario.
- En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
Puedes consultar la información oficial sobre esta subvención aquí:
- Bases Reguladoras.
- Presentación resumen Aporta PRE 2026.
- Acceso al Aplicativo (Sede Electrónica del Gobierno de Canarias).